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PROHIBICIONES EN LAS ELECCIONES GENERALES HONDURAS 2025
Por Administrador
Publicado en 27/11/2025 00:13
Ultimo Momento

Entre las prohibiciones durante el desarrollo de las elecciones generales se encuentran:

  • Acudir al centro de votación bajo los efectos de alcohol o de drogas
  • Portar armas de fuego o armas blancas
  • Llevar celular o cámaras a la cabina de votación
  • Realizar campaña política dentro del centro de votación
  • Votar con el DNI de otra persona
  • Marcar papeletas sobrantes o no utilizadas

¿Qué evitar en las elecciones Honduras para no cometer delitos?

Para no cometer delitos de coacción o amenaza, el ciudadano debe evitar lo siguiente:

  • Impedir ejercer el sufragio a un elector u ocupar los locales donde los organismos electorales desempeñarán sus funciones.
  • Obstaculizar la apertura de la votación, así como el cambio de local sin autorización del Consejo Nacional Electoral (CNE).
  • Impedir que otro miembro de la Junta Receptora de Votos (JRV) cumpla sus funciones

Según el artículo 542 del Código Penal, los responsables de los delitos de coacción o amenaza pueden ser sancionados con cuatro a seis años de prisión.

Para evitar cometer delitos sobre falsificación de documentos, no se debe realizar lo siguiente

  • Alterar, destruir, suprimir u ocultar un documento electoral.
  • Utilizar un documento total, parcial o parecido al emitido por el CNE.
  • Realizar declaraciones distintas de las reales, induciendo a un error que ponga en duda la veracidad de un documento electoral.

Los responsables de esos delitos, según el artículo 543 del Código Penal, pueden ser castigados con cuatro a ocho años de cárcel.

Otros delitos electorales

Para no ser castigado con una pena de cuatro a seis años de prisión, según el artículo 544 del Código Penal, se deben evitar algunos de estos otros delitos electorales

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